lunes, julio 14

 Cupo laboral en discapacidad: una ley ignorada en todo el país


Todo comenzó con un proyecto presentado en el Concejo Deliberante de Magdalena. La concejal Laura Molina, del Interbloque Unión por la Patria, elevó un pedido de informe para conocer si la Municipalidad de Magdalena cumple con la ley que establece un mínimo del 4% de personas con discapacidad empleadas en el sector público. La iniciativa generó eco en la comunidad y puso el foco sobre una problemática mayor: la inclusión laboral real de las personas con discapacidad en el Estado.


En Argentina, el derecho al trabajo de las personas con discapacidad está garantizado por la Ley Nacional 22.431, vigente desde 1981. Su artículo 8° establece que el Estado debe asegurar que al menos el 4% de su personal esté integrado por personas con discapacidad, en todas sus modalidades de contratación.

📌 La Provincia de Buenos Aires replicó esa obligación en 1987 mediante la Ley 10.592, con el mismo porcentaje mínimo y la exigencia de promover la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral público.

👉 Pero el cumplimiento de esa norma es, en la práctica, muy deficiente. A más de cuatro décadas de su sanción, los números no acompañan los principios legales: tanto a nivel nacional como provincial, el cupo apenas se alcanza —en el mejor de los casos—, y en muchas jurisdicciones ni siquiera llega al 1%.

🔍 El caso Magdalena: un pedido que activa una discusión mayor

📌 La presentación de Molina no sólo busca conocer si el Ejecutivo local cumple con el cupo, sino también transparentar una realidad muchas veces oculta: la invisibilización de las personas con discapacidad en el mercado laboral público. En declaraciones recientes, el intendente Lisandro Hourcade admitió no contar con el dato certero, pero aseguró que “el área correspondiente va a responder el pedido de informe”.


Este reconocimiento indirecto pone en evidencia la problemática en políticas activas en materia de inclusión. ¿Cuántas personas con discapacidad trabajan hoy en la Municipalidad? ¿Qué puestos ocupan? ¿Reciben formación y apoyo? La respuesta a estas preguntas no debería ser motivo de improvisación.

🇦🇷 Una deuda nacional: entre la ley y la omisión

📌 La Ley 22.431 no solo fija un cupo del 4%, sino que exige garantizar condiciones de acceso equitativas, selección con ajustes razonables y adaptaciones en el puesto de trabajo. Sin embargo, las estadísticas muestran que el Estado nacional está lejos de cumplir con esa obligación.

Un informe oficial (2020-2021) reveló que solo el 0,9% de los empleados públicos nacionales eran personas con discapacidad. En números concretos: 3.011 personas de un total de 334.500. La meta del 4% implicaría incorporar más de 10.000 trabajadores.

📌 A pesar de esta realidad, organismos como la Prefectura Naval (8.33%), el INADI en su momento (6.19%) y el Ministerio de Trabajo (4.90%) han demostrado que cumplir es posible. Esto demuestra que la ley no es inaplicable, pero requiere decisión política, recursos y gestión.

🛑 Sin penalidades, no hay cumplimiento

📌 Una de las razones clave del bajo acatamiento es que no existen sanciones para los organismos que no cumplen con la ley de cupo. Esto debilita su fuerza normativa y desincentiva la acción. La ley, sin consecuencias por su incumplimiento, pierde eficacia real.

📌 También persisten barreras culturales y estructurales, como procesos de selección no adaptados, falta de accesibilidad en los edificios, desconocimiento de tecnologías de apoyo, y prejuicios sobre la capacidad de las personas con discapacidad.

📍 Provincia de Buenos Aires: entre los números bajos y la opacidad

📌 A nivel provincial, el escenario no mejora. Un informe de 2021 indicó que de 128.696 agentes, solo 2.574 (2%) eran personas con discapacidad. Otra estadística, también de 2021, mencionó que el porcentaje era aún menor: 0.61%, con 2.830 trabajadores con CUD sobre 460.506 empleados.

📌 Estas cifras no solo están por debajo del mínimo legal, sino que muestran una falta de sistematización y transparencia. La ausencia de datos actualizados y públicos impide el control ciudadano, y perpetúa el incumplimiento.

Un caso paradigmático fue el del Ministerio Público de la Defensa bonaerense: un informe de 2023 reveló que solo 12 de sus 2.994 agentes eran personas con discapacidad (0.4%), sin puestos reservados, y con salarios promedio más bajos que sus pares sin discapacidad.

⚖️ En 2021, una sentencia obligó al Poder Judicial bonaerense a cumplir con el 4%. La decisión incluyó medidas como la creación de vacantes específicas, la adaptación de concursos, la incorporación de perspectiva de género y la intervención de equipos interdisciplinarios.

📌 Que se necesite una orden judicial para aplicar una ley vigente desde 1987 es una muestra clara del abandono institucional.

📉 Las barreras que persisten

  1. Falta de fiscalización efectiva.
     
  2. Procesos de selección no inclusivos.
     
  3. Prejuicios y estereotipos sociales.
     
  4. Ausencia de recursos y ajustes razonables.
     
  5. Fragmentación de políticas entre niveles de gobierno.
     

📌 Aunque existen programas como “Promover”, SECLAS y el Registro Único Laboral, su impacto aún es marginal frente a la magnitud del problema.

🔎 ¿Qué dice todo esto sobre Magdalena?

📌 El pedido de informe presentado en el Concejo busca respuestas locales, pero las cifras nacionales y provinciales trazan un contexto que no puede ignorarse. Magdalena no es una isla. Si los niveles superiores del Estado no cumplen con la ley, es altamente probable que los municipios tampoco lo hagan, salvo que tengan una política activa y sostenida en inclusión.